Una sociedad anónima, también conocida por su abreviatura como S.A., es una sociedad mercantil en donde los titulares son personas que poseen acciones o títulos del capital social y que, en algunas ocasiones, no se conoce entre sí. Las deudas generadas por la sociedad no son asumidas por los accionistas con su propio patrimonio, sino de acuerdo al capital que han aportado. Las acciones de la sociedad se diferencian por su valor nominal o los privilegios que estas le den al titular, como puede ser la obtención de un dividendo mínimo.
Por lo general, la elección de los administradores de la sociedad es decidida por una Junta general de Accionistas, también conocida como Asamblea General de Socios, en un proceso que no suele tardar más de dos meses. Además de ello, esta junta también otras decisiones, por lo que puede decirse que es la máxima autoridad de la sociedad anónima. En las reuniones celebradas por la junta, las acciones pueden acudir personalmente o enviar a un representar de sí mismos tras otorgarles el poder para hacerlo. Cada acuerdo tomado en reunión de la junta es depositado en un acta para el conocimiento de las personas interesadas.
Las sociedades anónimas sólo pueden ser constituidas bajo el amparo de la ley, que cambia dependiendo de cada país o región. Aun así, por lo general se solicita un número mínimo de accionistas o socios, cada uno con una acción; una suscripción de las acciones o capital mínimo; y una escritura constitutiva de la sociedad en la que se describan sus características. En ciertos sistemas jurídicos, las sociedades anónimas pueden constituir mediante dos procedimientos prácticos. El primero es a través de una fundación simultánea, en la cual se reúnen todos los socios y promulgan la fundación. Y el segundo a es a través de una fundación sucesiva, en la cual el proceso se realiza por varias etapas.
Dado que las sociedades anónimas necesitan un órgano ejecutivo y representativo que gestione la sociedad y la represente ante tercero en cuestiones jurídicas, estas necesitan de un órgano administrativo. Si bien las jurisdicciones no suelen imponer unas determinadas formas de administración y permiten que las sociedades lo decidan bajo su criterio, las formas más comunes de administración dentro de una sociedad anónima son las siguientes:
Si bien las sociedades anónimas se pueden clasificar de distintas maneras, como, por ejemplo, a partir de la actividad comercial que realizan, por lo general se les cataloga en dos grandes tipos de acuerdo a su forma de financiamiento. Estos dos tipos son:
Dentro del mundo hispanohablante, las sociedades anónimas se conocen como S.A., aunque con pequeñas variaciones:
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