También conocida como mal uso de una generalización, es una falacia que surge cuando se toma una determinada regla como absoluta, negando cualquier posibilidad de excepción o ignorando que, bajo ciertas circunstancias especiales, puede hacer inaplicable dicha norma. Recibe su nombre en lógica formal desde Aristóteles, quien en sus Refutaciones Sofísticas la describe bajo la forma (en latín, aunque recordemos que Aristóteles hablaba en griego): A dicto simpliciter ad dictum secundum quid, es decir, a partir de lo dicho de la manera más simple a lo que se dice según lo que es, donde lo simple toma aquí el carácter de norma general mientras que lo que se dice en los casos reales adquiere un sentido restringido.
Se produce entonces una confusión entre lo absoluto (donde no son posibles las excepciones) y lo relativo, bajo el supuesto de que la aceptación de una situación excepcional invalida del todo la regla, cuando en general esta aparece establecida como una prescripción orientativa, generalización o norma de conducta que puede ser reconsiderada bajo condiciones especiales que particularizan una determinada situación. Así pues, ante la necesidad de excepciones, la postura de quien incurre en este tipo de falacias es que lo mejor sería entonces suprimir del todo la regla, aceptando todo en bloque o negando todo en bloque, sin lugar a matices ni consideraciones particulares.
Es fácil ver con algunos ejemplos que, cuando se trata de normas generales, la existencia de salvedades no necesariamente implica la invalidación de la regla. Así el derecho a la propiedad privada no puede ser usado como una norma absoluta cuando se trata de una persona ebria que trata de conducir su automóvil, o de un sociópata que desea salir a la calle con un arma de fuego. El principio de inviolabilidad del domicilio ajeno no debe impedir a los bomberos irrumpir en una casa que se incendia para salvar a las personas que se encuentran dentro, así como el respeto a la privacidad personal no puede usarse como una excusa para permitir la violencia intrafamiliar.
Por supuesto, cualquier caso que implique una salvedad a la norma establecida debe venir acompañada de argumentos aún más sólidos que justifiquen la existencia de dicha salvedad. Las excepciones aparecen en la medida en que se presume que toda norma general debe estar abierta a cambios en situaciones atípicas y a reconocer la posibilidad de circunstancias especiales que justifiquen una reconsideración de la misma o una modificación de sus valores primarios. Resulta necesaria dicha apertura, dada la imposibilidad de considerar todos los casos posibles de manera individual y, por ello mismo, la incapacidad de prever cuándo pudieran presentarse situaciones excepcionales.
La aplicación de forma inflexible de una determinada regla, sin conceder reconocimiento a las limitaciones propias de la misma que dan lugar al surgimiento de condiciones atípicas, puede fácilmente desembocar en situaciones absurdas o insostenibles: algunas escuelas de pensamiento que defienden una rigurosa observación del vegetarianismo, curiosamente de vertiente hinduista, se basan en una lectura radical del mandamiento bíblico que establece la prohibición de matar, aduciendo que Dios, al dictar dicha prohibición en el Sinaí, no hizo ninguna distinción entre animales y hombres, por lo cual debe ser tomado como una orden absoluta que prescribe de este modo la dieta vegetariana. Al hacer esta afirmación pasan convenientemente por alto que fue esta misma Divinidad la que estableció más adelante toda una serie de rituales de sangre que en últimas constituían la base de sustento de toda una clase sacerdotal, pero, aún más importante, que el establecimiento como norma rígida de una dieta vegetariana para un pueblo nómada que deambulaba por un árido desierto hubiera significado de modo irremediable la muerte de casi toda la comunidad, con lo que la misma Divinidad se hubiera revelado como la primera transgresora de su propia norma.
Ahora bien, aceptar la existencia de situaciones excepcionales no implica justificar la transgresión general de la regla, como sucede en el ejemplo anterior, donde poner reparos a la prohibición de matar no significa en sí una normalización del asesinato, pero sí sirve para ponernos en guardia frente al surgimiento de dichas situaciones excepcionales que obligan a reconsiderar en su momento lo establecido de manera general en la regla. Es en ese mismo sentido que discurren las discusiones en torno a la eutanasia, la interrupción voluntaria del embarazo o las cuestiones asociadas al problema de la legítima defensa frente a una agresión que pone en peligro nuestra propia vida o la de nuestros seres queridos.
La mejor manera de combatir este sofisma consiste en tratar de establecer las limitaciones pertinentes a la formulación de la regla para poner de relieve el posible surgimiento de excepciones, de tal manera que resulte evidente que nos encontramos ante una situación atípica donde no se puede exigir la aplicación absoluta de la regla, ya que esta se ve impedida por la existencia de razones particulares, quizá de mayor peso, que entran en conflicto con la misma.